En toda petición, independientemente de su tipo, el solicitante tiene la opción de rellenar un campo llamado "referencia", el cual le permite conciliar la petición con sus propios sistemas. Esta referencia es opcional y puede elegirla libremente.
Por otro lado, en una orden de domiciliación, también conocida como mandato SEPA, existe un campo obligatorio denominado "referencia del mandato". Esta referencia debe ser única por acreedor (es decir, el emisor del mandato, que en este caso es el peticionario en Zertiban).
El único requisito para la referencia del mandato SEPA es que sea única dentro del sistema del acreedor. En caso de que no se haya rellenado al momento de firmar la orden de domiciliación, el acreedor debe comunicarla al deudor antes del primer cobro, siendo lo más común hacerlo en la primera factura.